Diálogo con Enrique Piñeyro

Lunes 16 de Septiembre, 17.00h.

El Rati Horror Show

17:00h: Proyección de la película

18:40h: Diálogo con el director

Moderan

Hernán Gullco. Profesor UTDT y Director de la Maestría y Especialización en Derecho Penal.

Horacio Spector. Profesor UTDT y Decano de la Escuela de Derecho.



SENTENCIAS:

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Cámara de Casación


Resumen del caso: El Tribunal Oral en lo Criminal n° 14 de la Capital Federal condenó a Fernando Ariel Carrera a la pena de treinta años de prisión por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por el empleo de arma de fuego, en concurso real con los delitos de homicidio reiterado —tres hechos—, lesiones graves reiteradas —dos hechos—, lesiones leves reiteradas —dos hechos—, abuso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de guerra, estos últimos por los que debía responder como autor. 

 
El citado tribunal dio por probado, en primer lugar, que Carrera –junto con otro cómplice quien se encuentra prófugo- el día 25 de enero del año 2005, participó en el robo armado de una persona para sustraerle el importe en pesos equivalente a doscientos cincuenta dólares que había obtenido en una operación de cambio efectuada momentos antes en una institución bancaria. Según el tribunal, Carrera conducía el automóvil Peugeot 205 GLD color blanco con sus vidrios polarizados

El tribunal también consideró probado que, ese mismo día y con posterioridad al hecho mencionado anteriormente Carrera, quien conducía el vehículo mencionado, circuló por la Avenida Sáenz, de contramano, a una velocidad estimada superior a 60 km, fugando de los móviles policiales de las Comisarías de las secciones 34 y 36, al alcanzar la senda peatonal próxima a la intersección de la Avenida Sáenz con Esquiú —donde se continúa al trasponer la avenida, bajo el nombre de Traful—, sitio en el que el semáforo estaba en rojo para el tránsito vehicular, habilitando el cruce de los peatones, atropelló a cinco personas, tratándose las mismas del menor G. G. D. L., Edith Elizabeth Custodio y Fernanda Gabriel Silva, quienes atravesaban la avenida, acarreándoles la muerte instantánea a los dos primeros y poco tiempo después a la última y asimismo provocó lesiones a Verónica Rinaldo, las que fueron calificadas como graves y a su hija J. L. F., de carácter leve. Metros más adelante, el tribunal dio por acreditado que en la citada intersección, impactó finalmente contra el vehículo marca Renault Kangoo dominio DQF-574 en el que viajaban Houyun He, quien sufrió lesiones de carácter grave y Min He, lesiones de carácter leve.

El tribunal también consideró probado que, luego de esa colisión, Carrera efectuó no menos de cinco disparos en dirección al personal de la brigada de la Comisaría de la Sección 34 que lo había alcanzado en la persecución, utilizando para ello un arma de fuego consistente en la pistola marca Taurus calibre 9 mm modelo PT-917 CS n° TKI 12.581/CD, resistiéndose de este modo a su detención. 
 
Contra esa condena, Carrera interpuso recurso de casación ante la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal.

Según la defensa de Carrera, éste no había intervenido en el robo que se le acusaba y que tampoco tenía responsabilidad alguna por los homicidios ya que los había causado involuntariamente como consecuencia de haber recibido un impacto de bala en el rostro por parte de las fuerzas policiales que le habrían disparado mientras se lo perseguía al haberlo confundido con el autor del mencionado hecho de robo. Asimismo, alegó que el arma secuestrada no fue usada ni portada por aquél y que el secuestro efectuado a su respecto habría sido fraguado por las mencionadas fuerzas policiales como forma de encubrir su ilegítimo actuar.

Finalmente, sostuvo que, aún cuando se lo considerara como autor de homicidio, éste no habría sido causado intencionalmente por él sino que, en el peor de los supuestos, en forma imprudente.

Ante el rechazo por la Cámara de Casación de estos planteos, la defensa de Carrera interpuso recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
 
En su sentencia del 5.6.2012, la Corte Suprema hizo lugar al recurso de Carrera y anuló la sentencia de la Cámara de Casación. La Corte consideró que el tribunal de casación no había examinado adecuadamente los planteos de la defensa de Carrera y por consiguiente no había realizado una revisión adecuada de la condena impuesta en primera instancia. Por tal razón, dejó sin efecto esa decisión y devolvió el expediente a ese tribunal para que se  dictara una nueva sentencia.

Fue así que el día 12.8.2013, la misma Sala III de la Cámara de Casación (pero integrada con otros jueces), dictó una nueva sentencia en el caso. En lo fundamental, confirmó la condena de Carrera ya que consideró que estaba probada su participación en el robo y en las muertes mencionadas. 
 
Sin embargo, disminuyó la pena impuesta al nombrado a quince años de prisión. Para llegar a esa solución, lo absolvió por el delito de Abuso de Arma de Fuego ya  resolvió que no se encontraba probado que Carrera hubiera disparado contra los policías que habían llevado a cabo un operativo en la Avenida Sáenz. También sostuvo el tribunal que las muertes ocurridas en esa avenida no habían sido causadas intencionalmente por él sino solo en forma imprudente.

Lugar: Campus Alcorta: Av. Figueroa Alcorta 7350, Ciudad de Buenos Aires.
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